Julio 11, 2008   

DEONTOLOGÍA Y PRÁCTICA DE LA ABOGACÍA EN EL SIGLO XXI por Adolfo Menéndez.

El pasado 23 de julio se presentó en el Aula Magna del Instituto de Empresa el libro "Deontología y práctica de la abogacía en el siglo XXI", materializando una vieja aspiración del IE Law School y de la Cátedra José María Cervelló de situar la deontología profesional en el debate actual del ejercicio de la profesión; considerando, además, las últimas y controvertidas novedades que se han producido en un espacio en el que se ha pasado de la autorregulación a la regulación iniciándose un camino en el que la abogacía se va a enfrentar a numerosos desafíos y en el que no es posible renunciar a la excelencia ética cuya pérdida nunca será compensada por la mayor eficiencia o competitividad en la prestación de servicios. Una de las tesis que sustenta es libro es justamente ésta, no hay abogacía sin excelencia ética. Se recogen aquí, por su evidente interés y por su trascendencia más allá del acto concreto, las palabras de Adolfo Menéndez, Vicepresidente del IE. Law School y cotitular de la Cátedra José María Cervelló (Juan J. Torres).

Presentación del libro “Deontología y práctica de la abogacía en el siglo XXI” y entrega del II Premio “José María Cervelló/Gutiérrez de la Roza Abogados”
IE Law School
María de Molina, 11
Lunes, 23 de junio de 2008
Madrid

Muy buenas tardes a todos.
Desde la “Cátedra José María Cervelló” del IE Law School, impulsora de este libro sobre deontología y práctica de la abogacía, debo, antes que nada, dar las gracias.
En primer lugar a las personalidades que hoy nos acompañan, don Joaquín de Fuentes (Abogado General del Estado), don Antonio Hernández-Gil (Decano del Colegio de Abogados de Madrid) y don José María Segovia (Socio director de Uría Menéndez) por la amabilidad que han tenido al querer compartir con nosotros su valioso tiempo, arrancándoselo a unas agendas muy exigentes, y por sus palabras. Su presencia aquí nos conforta y nos estimula para seguir haciendo cosas.
En segundo lugar, a los autores del libro: a José María de Areilza Carvajal (Dean del IE Law School), a Dionisio Escuredo Högan, a Lionel Fernández García, a Ignacio García Perrote, a Teresa Martín Castro, a Catalina Miñarro Brugarolas, a Marisa Méndez, a Francisco Redondo Trigo, a Mariona Roger y a Javier Zurita Carrión. Sin olvidar, naturalmente, nuestra gratitud a José María Cervelló por su prefacio. Todos se sumaron generosamente a la iniciativa que Juan José Torres-Fernández, y yo mismo, pusimos en marcha hace casi dos años, han escrito aportaciones rigurosas y de calidad y, en fin, han aceptado, con el mejor de los ánimos, los afanes y urgencias a los que los hemos sometido hasta llegar aquí. Para Juan José, y por supuesto para mí, ha sido un afortunado placer contar con todos ellos en esta aventura colectiva, o quizás fuera más acertado decir que el placer ha sido que ellos, que son los auténticos protagonistas, contaran con nosotros.
En tercer lugar, gracias a la editorial Aranzadi, y en particular a Iñigo Moscoso y su equipo, por aceptar la propuesta del IE Law School para coeditar esta obra, superando todo tipo de obstáculos, diseño de cubierta, con el logo de la “Cátedra José María Cervelló”, y huelga de transporte incluidos, para “llegar a tiempo”. Queremos hacerles saber públicamente que volveremos a la carga con nuevas iniciativas editoriales, por lo tanto pueden descansar, pero no tranquilos.
Por último, muchísimas gracias a todos ustedes, quienes nos acompañan hoy aquí. Precisamente por eso, por su compañía.
La obra colectiva que ahora ve la luz no es más que un estudio sistemático de las cuestiones relativas al régimen jurídico de la práctica de la abogacía, en particular de la abogacía de los negocios, a la luz de las recientes reformas legislativas producidas en este ámbito entre nosotros. Los renovados retos deontológicos y organizativos que supone el ejercicio de la abogacía (competencia, conflictos de interés, secreto profesional e independencia, sociedades profesionales...) y las consecuencias que en estos terrenos tiene la imparable internacionalización de la prestación de servicios jurídicos son el centro del análisis. Análisis que se aborda desde todas las perspectivas posibles del ejercicio profesional, abogacía pública y abogacía privada, grandes bufetes, despachos tradicionales, ejercicio individual de la profesión o abogacía de empresa.
No nos detendremos más en ello ahora, solo quisiéramos poner de manifiesto el aliento que ha que animado nuestro trabajo.
Creemos modestamente que la historia de la abogacía española de los últimos treinta años es una historia de éxito. Este año se cumplirán, en diciembre, treinta años de vigencia de la Constitución de 1978, la de más larga duración de cuantas nos hemos dado; seguramente porque es el fruto de la más generosa amplitud de miras de todos los españoles y de la voluntad, también de todos, de superar la más insensata de nuestras equivocaciones colectivas.
La abogacía española, haciéndolo corto, contribuyó a la aprobación de esta Constitución, es decir a la necesaria superación jurídica de la dictadura y a la democratización de nuestro Derecho. Supo, más tarde, enfrentarse a los retos de una economía abierta y cada vez más pujante, lo que quiere decir que aprendimos idiomas y aprendimos a gestionar más eficientemente nuestros bufetes. Y se encuentra, en este momento, compitiendo sin complejos y haciendo aportaciones significativas en el contexto de la creciente internacionalización de nuestra economía y, por lo tanto, de nuestro Derecho. En Europa, en América, en Africa, en Asía, en Oceanía, allí donde nuestros clientes nos lo reclamen. Consecuencia, en buena medida, de este período de éxito constitucional para España, durante los últimos treinta años, es precisamente el conjunto normativo que ha visto la luz durante la anterior legislatura (acceso a la profesión, laboralización, sociedades profesionales,…) y que constituye el objeto del análisis de nuestro libro, además de la base para el futuro de nuestro trabajo como abogados.
Nuestro trabajo se orienta en una determinada dirección que quisiéramos subrayar ahora para terminar. Excusamos decir que dicho punto de vista es tributario de las enseñanzas que José María Cervelló ha venido impulsando e impartiendo en esta casa a los largo de estos mismos años.
En definitiva, nuestro libro propugna la defensa de una abogacía humanista en la que no se confundan los medios, es decir, la excelencia alcanzada en la organización y gestión de nuestros bufetes y servicios, con los fines, es decir, la convivencia civilizada y la defensa de la libertad y la dignidad de las personas.
Abogacía humanista que ha sido siempre la base de los programas master jurídicos del IE Law School, por cuyas aulas, a lo largo de los últimos treinta años, han pasado más de seis mil abogados, que hoy ocupan posiciones de relieve en diferentes organizaciones, empresas, bufetes y administraciones.
Dejo dicho Bertrand Rusell, con lucidez premonitoria, que “..solo los que adoran servilmente el éxito pueden pensar que la eficacia es admirable sin tener en cuenta para que sirve.”
Nosotros no queremos perder de vista que la abogacía no deja de ser una lucha permanente por la convivencia civilizada y en defensa de la libertad y la dignidad de las personas. Hemos escrito este libro como damos nuestras clases; pensando, con las mismas palabras que un maestro de nuestro oficio, el Juez Oliver Wendell Holmes, dirigía a los estudiantes de la Boston University hace más de cien años, que: “ …La felicidad, puedo afirmar con absoluta certeza después de haber conocido a muchos hombres exitosos, no se consigue con sólo ser abogado de grandes compañías y disfrutar de un ingreso de cincuenta mil dólares anuales. Un intelecto lo suficientemente grande como para obtener el premio necesita otro alimento, además del éxito puramente material. Son los aspectos más remotos y generales del Derecho los que le dan interés universal. Sólo a través de ellos podréis, no simplemente llegar a ser grandes maestros en el ejercicio de vuestra profesión, sino relacionar el objeto de vuestros estudios con el universo y aprehender un eco del infinito, un momento de su insondable proceso, un escorzo del Derecho universal”
¿Se trata sólo de ser eficientes y competitivos? ¿Se trata sólo de crecer sin límite y facturar más que nadie? ¿Se trata sólo de crear empleo para más abogados? ¿Se trata sólo de ganar la mayor cantidad de dinero posible en el menor tiempo posible? ¿Se trata sólo del éxito? ¿Es posible tener éxito como abogados si sólo se considera nuestra actividad como un negocio más?
¿Puede afectar a nuestra independencia la participación de capital financiero en las futuras sociedades profesionales? Cuando hablamos de responsabilidad social corporativa: ¿hablamos de un compromiso real con los demás o de una forma artera y sofisticada de control y propaganda, o, como dijera Oscar Wilde, es verdad que “la filantropía se ha convertido en el refugio de la gente que quiere fastidiar a sus semejantes”? ¿Es posible y, más importante aún, es conveniente que las firmas de abogados lleguen a cotizar en bolsa? ¿Podemos ser laxos en el control de los conflictos de intereses so capa de que debemos “crecer”? ¿Es lícito usar los medios de comunicación al servicio de las estrategias de un cliente? ¿Podemos poner nuestra propia necesidad de comunicación pública por encima de la discreción debida al cliente? ¿Cuál es el límite de nuestro secreto profesional?
En resumen, nuestro futuro, el de los abogados españoles, se presenta esperanzador y fundado en bases sólidas, que debemos mantener y mejorar, pero no pasa sólo por seguir compitiendo y creciendo cuantitativamente sin más, pasa, además y sobre todo, por no olvidar nunca que la eficiencia en nuestro trabajo está siempre al servicio, desde el Derecho y desde nuestra independencia, de la convivencia civilizada y de la permanente defensa de la libertad y la dignidad de las personas.
Los abogados somos hombres a la intemperie, gladiadores de profesión, somos, o debemos ser, conscientes de que nada está nunca conseguido y, menos que nada, la libertad y la convivencia pacífica. La nuestra es una profesión agónica y es saludable que nos hagamos preguntas pertinentes. Porque si los abogados no hacemos bien las cosas sufrirá nuestra reputación ( la imagen que se dice ahora) y el género de los chistes de abogados seguirá siendo un torrente. Pero nada de eso es demasiado grave, lo grave es que si nosotros no hacemos bien nuestro trabajo sufrirá la convivencia, sufrirá la libertad, sufrirá la justicia. Eso es lo que jamás podremos perdonarnos.
Termino con las palabras de un eminente abogado: “
“Discourage litigation. Persuade your neighbours to compromise whenever you can. Point out to them how the nominal winner is often a real loser – in fees, expenses, and waste of time. As a peacemaker the lawyer has a superior opportunity of being a good man. There will still be business enough.”
Abraham Lincoln, Notes for a Law Lecture (July 1st, 1850).

“Desalentad los pleitos. Persuadid cuanto podáis a vuestros vecinos para llegar a un arreglo. Ponedles de manifiesto como el ganador nominal es con frecuencia el perdedor real, en honorarios, en gastos y en pérdida de tiempo. Como pacificador el abogado tiene una espléndida oportunidad de ser una buena persona. Seguirá habiendo suficiente negocio”.

Si estas palabras de Abraham Lincoln no despiertan la emoción en el corazón de cualquier joven que quiera ser abogado, es seguro que podrá alcanzar el “éxito”, y puede muy bien llegar a ser rico y famoso. Pero que sepa desde ahora que jamás será feliz vistiendo la toga, nunca será abogado, nunca habrá entendido nada.

Si, por el contrario, siente esa emoción a lo mejor este libro le puede ser de alguna utilidad. Nada nos gustaría más que ver como, a no mucho tardar, se convierte en un abogado mejor que nosotros . Lo cual, al fin y al cabo, no es tan difícil.

Muchas gracias por la atención.


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Posted on 11 Julio 2008

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