Cuando parecía que íbamos a saber la verdadera participación de ACS en Iberdorla, a raíz del caso Natixix, resulta que, como de pequeños, el “tipex”, lo echa todo a perder… Prometí en este blog que iríamos dando cuenta de este “culebrón económico financiero” y así será.
Esta semana ACS debía enviar, al órgano judicial competente, una copia del contrato de derivados firmado con Natixis. Pues bien, la constructora ha enviado copia, no original, del referido acuerdo y determinados puntos aparecen ocultados con “tipex”. Para Iberdrola es necesario conocer el contenido de esos pactos en la medida que desea conocer la participación en su capital de la constructora, lo que le permitirá llegar a una conclusión sobre la valoración de la misma en sus cuentas; actuación necesaria para el procedimiento de impugnación de cuentas iniciado por la eléctrica frente a ACS.
La eléctrica ha solicitado de nuevo al juez que se exija esta información para completar la remitida, pues necesita conocer además si existen pactos parasociales entre la constructora y Natixis que impliquen una mayor influencia en la participada. Por parte de los abogados de la constructora el argumento es que el contrato de derivados está sujeto a la legislación irlandesa, que permite la no remisión del original ni su completa información.
Y me pregunto yo, ¿este argumento es consistente? ¿El hecho de que un contrato esté sometido a una jurisdicción en la que se someten determinados puntos a confidencialidad, puede impedir a un juez conocer de ese documento? Ojo, que ya no digo a las partes enfrentadas… ¿Es que no existen excepciones a esa confidencialidad? Seguiremos con los sucesivos capítulos… Mientras, como siempre, encantada de recibir vuestras opiniones…


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