Hoy quiero comentar con vosotros una RDGRN que me ha llamado mucho la atención. Es de fecha 7 de diciembre de 2011. El caso se refiere a un supuesto en el que en la escritura de ejecución del aumento de capital no existe la manifestación por parte del administrador de que “el aumento ha sido íntegramente desembolsado en los términos previstos” (ex. art. 198.4 RRM). La DGRN considera que no es causa de no inscripción del acuerdo social porque la finalidad está satisfecha y se desprende de la propia ejecución del aumento. La DGRN considera que lo esencial es el cumplimiento de los requisitos legales establecidos y no la manifestación de que se han realizado, cuando así se ha hecho.
Pues bien, como decía al principio, me sorprende y mucho esta Resolución. Tenemos muchos casos en nuestro derecho registral en el que precisamente se exigen manifestaciones casi literales de lo establecido en la ley en aras de la seguridad jurídica que, la DGRN, considera que en este caso no está comprometida. Al ser la inscripción del aumento y de la ejecución simultáneas obviamente de la lectura del acuerdo se sabe lo desembolsado y lo que no lo está aún pero en SL, como es el caso que aquí estudiamos, donde se puede acudir al ejercicio de los derechos de suscripción preferente total o parcialmente, considero relevante esa manifestación a pesar de que de la lectura de la escritura se deduzca.


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